| Serial: | Emisión: | Generado por: | Revisión Previa: | Última Revisión: | |
| MP/MG-P-018-A | 1 marzo 2006 | UTE-CPP |
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Propósito: |
Imponer medidas de coerción a uno o más imputados en la comisión de un hecho punible. |
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Alcance: |
Desde que el Fiscal Adjunto toma la decisión hasta que concluye la tramitación de la misma ante el Juez de la Instrucción. |
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Responsable: |
Descripción de Procedimiento |
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Fiscal Adjunto |
1. Plantea solicitud de aplicación de medida de coerción. (Artículo 226 del CPP)
2. Propone pruebas para sustentar su solicitud?
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Juez de la Instrucción |
3. Convoca audiencia para escuchar las partes y/o recibir las pruebas. 4. Evalúa la procedencia de las medidas de coerción. (Artículo 227 del CPP). 5. Decida aplicar medida de coerción? 6. No. Fin. 7. Si. Decide imponer la medida de coerción más adecuada al caso, basándose en lo estipulado en el Artículo 228 y 229 del CPP. 8. Emite Resolución de Imposición de Medida de Coerción. 9. Cuando así corresponde se levanta un acta. Acta de Medida de Coerción. Nota: Contando con las excepciones correspondientes el Juez de la Instrucción puede revisar, sustituir, modificar o hacer cesar las medidas de coerción. La decisión de revisión, sustitución, modificación o terminación de medidas de coerción son susceptibles de recursos de apelación (Artículos 410 – 415 del CPP). |
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Referencias / Sistemas |
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Formularios / Documentos |
Solicitud de Imposición de Medida de Coerción Acta de Medida de Coerción |
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Definiciones |
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