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Proceso de Anticipo de Pruebas

Serial: Emisión: Generado por: Revisión Previa: Última Revisión:  
MP/MG-P-014-A 1 marzo 2006 UTE-CPP    

Propósito:

Obtener oportunamente una prueba que resulta vital para el proceso y la cual corre riesgo de perderse o no ser obtenida posteriormente.

Alcance:

Desde que  surge la necesidad hasta que se concluye la obtención del anticipo de prueba.

Responsable:

Descripción de Procedimiento

Fiscal Adjunto

 

1.   Necesita un anticipo de prueba.

a.   Puede ser requerido por las partes.

2.   Es de extrema urgencia?

3.   Si.  Requiere verbalmente la intervención del Juez de la Instrucción.

4.   No.  Solicita al Juez de la Instrucción un anticipo de prueba de acuerdo a las condiciones del Artículo 287, ordinales 1 y 2 del CPP:

Juez de la Instrucción

 

5.   Admite el Juez de la Instrucción, la ejecución del anticipo de prueba?

6.   No.  Fin.

7.   Si.  Aprobó de urgencia?

8.   No.  Cita a las partes al acto.

9.   Si.  Autoriza la ejecución del acto, requiriendo la participación de un Defensor Público

Fiscal Adjunto

 

10. Ejecuta el anticipo de prueba.

a. Si las partes no estaban presentes pone el acto en su conocimiento.

11. Hace registrar el acto por cualquier medio fehaciente y lo conserva.

a. Puede hacer constar las observaciones que consideren sobre el mismo, incluyendo irregularidades e inconsistencias.

12. Genera Registro del Acto Ejecutado como Anticipo de Prueba

a. Puede ser requerido por las partes

Referencias / Sistemas

 

Formularios / Documentos

Solicitud de Anticipo de Prueba

Registro del Acto Ejecutado como Anticipo de Prueba

Definiciones