| Serial: | Emisión: | Generado por: | Revisión Previa: | Última Revisión: | |
| MP/MG-P-011-A | 1 marzo 2006 | UTE-CPP |
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Propósito: |
Registrar y almacenar las evidencias, sus muestras y-o informes periciales correspondientes en el Sistema de Manejo y Custodia de Evidencias de la Fiscalía, garantizando su preservación, clara identificación de la cadena de custodia de las evidencias. |
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Alcance: |
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Responsable: |
Descripción de Procedimiento |
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1. Tratamiento del Sitio del Suceso y Otros Lugares de Interés (MP/MG-Mt-012-A) (MP/MT –P-009-A). 2. Inspección Corporal del Cadáver, Identificación, Levantamiento y Análisis (MP/MG-Mt-013-A) (MP/MG –P-010-A). |
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Fiscal de Turno (o Fiscal Adjunto a cargo de la investigación)
Policía de Investigaciones
Técnicos Forenses |
4. Recolección. Recoge los objetos encontrados en el sitio del suceso, en poder del sospechoso arrestado o sobre una víctima. (Procedimientos Básicos de Recolección el Sitio de un Suceso). 5. Individualización. Etiqueta cada objeto con una Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG –F-014-A). 6. Hace constar en acta cada objeto recolectado, su descripción, estado de conservación, marcas y observaciones. Genera Acta de Inspección del Sitio del Suceso (MP/MG –P-013-A). 7. Traslada el objeto identificado y hecho constar en el acta hasta la Fiscalía. 8. Se requieren pericias inmediatas? |
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INACIF
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9. Si. Recibe los objetos ya identificados conjuntamente con el Acta de Inspección del Sitio del Suceso o copia de la misma. 10. Verifica que los objetos se corresponden con su identificación y con la descripción en el acta en relación al objeto y sus cantidades. 12. Prepara y remite al Fiscal Adjunto los informes de las pericias realizadas conjuntamente con muestras de las evidencias utilizadas excepto las que deban mantenerse en el laboratorio y si no corresponden a sustancias controladas. |
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Procuraduría Fiscal - Secretaria Titular o Auxiliar |
13. Recibe las evidencias tomadas del sitio del suceso, los informes periciales y muestras de evidencias en los que se sustentan (excepto las que deban ser mantenidas en el laboratorio y no se trate de sustancias controladas), así como los informes de las autopsia médico legal, informe de evidencias encontradas en el cuerpo y aquellas evidencias encontradas en el cuerpo que no requieran almacenarse en el laboratorio. |
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Procuraduría Fiscal Secretaria Titular o Auxiliar |
14. Verifica que los objetos se corresponden con su identificación y con la descripción en el acta en relación al objeto y sus cantidades. 15. Registra detalladamente cada objeto recibido en el Registro de Evidencias (MP/MG –R-003-A). 16. Coloca los objetos identificados, inventariados y registrados en el Almacén de Evidencias de acuerdo a su naturaleza: en anaqueles, en caja de seguridad o cuenta bancaria, en área exterior techada y protegida. 17. Los informes ya registrados en el Registro de Evidencias (MP/MG –R-003-A) se archivan en el expediente del caso conservando copia de los mismos en el Almacén de Evidencias. 18. Acceso a las Evidencias. En caso de que el personal de la Fiscalía que trabaja en un caso, incluyendo el Fiscal asignado al mismo, o una de las partes involucradas en el caso requiera tener acceso a las evidencias deberá hacerse constar cada intervención- día, hora, motivo y finalidad- en el Registro de Evidencias (MP/MG-R-003-A) y en la Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG-F-014- A).y ser firmados por quien facilita el acceso (Secretaria Auxiliar o Titular) y quien accede a la evidencia. a. Las partes del proceso deberán tramitar autorización firmada del Fiscal Adjunto responsable de la investigación y en su ausencia o falta de colaboración podrán acceder al Procurador Fiscal correspondiente. 19. Trámite de nuevas pericias. Si se necesitara realizar nuevas pericias (sean estas adicionales o reiterativas) a una evidencia el Fiscal Adjunto asignado al caso lo solicitará por escrito al Encargado del Almacén de Evidencias (Secretaria Titular) y este coordinará los trámites de traslado, entrega, informes y devolución correspondientes respetando las reglas establecidas en este documento y sus procedimientos relativos al Manejo y Custodia de Evidencias |
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20. Entrega o disposición de evidencias. El proceso de entrega de evidencias a la Secretaría del Juzgado de Instrucción requerirá de la firma de recepción en el Registro de Evidencias (MP/MG-R-003-A) y en la Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG-F-014- A). y por quien entrega la misma. (Secretaria Auxiliar o Titular). a. La disposición de evidencias no utilizadas relativa a casos cerrados o no procesados se realizará de conformidad a la disposiciones de la Resolución No. 14383 emitida por la Procuraduría General de la República. |
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Referencias /Sistemas
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Manejo y Custodia de Evidencias (MP/MG –Mt-014-A). Tratamiento del Sitio del Suceso y Otros Lugares de Interés (MP/MG –Mt-012-A) – Procedimientos Básicos de Recolección en el Sitio del Suceso. Resolución No. 14383 de la Procuraduría General de la República |
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Formularios /Documentos
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Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG –F-014-A) Acta de Inspección del Sitio del Suceso (MP/MG –Mt-014-A) Informe de Autopsia Médico Legal Informe de Evidencias encontradas en el cuerpo Informe de Pericias Registro de Evidencias (MP/MG –R-003-A) |
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Definiciones |
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