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Proceso Manejo y Custodia de la Evidencia Física

Serial: Emisión: Generado por: Revisión Previa: Última Revisión:  
MP/MG-P-011-A 1 marzo 2006 UTE-CPP    

Propósito:

Registrar y almacenar las evidencias, sus muestras y-o informes periciales correspondientes en el Sistema de Manejo y Custodia de Evidencias de la Fiscalía, garantizando su preservación, clara identificación de la cadena de custodia de las evidencias.

Alcance:

 

Responsable:

Descripción de Procedimiento

 

1. Tratamiento del Sitio del Suceso y Otros Lugares de Interés (MP/MG-Mt-012-A) (MP/MT –P-009-A).

2. Inspección Corporal del Cadáver, Identificación, Levantamiento y Análisis (MP/MG-Mt-013-A) (MP/MG –P-010-A).

3. Proceso de Secuestro de Objetos (MP/MG –P-013-A).

Fiscal de Turno

(o Fiscal Adjunto a cargo de la investigación)

 

Policía de Investigaciones

 

Técnicos Forenses

4.   Recolección. Recoge los objetos encontrados en el sitio del suceso, en poder del sospechoso arrestado o sobre una víctima. (Procedimientos Básicos de Recolección el Sitio de un Suceso).

5.   Individualización. Etiqueta cada objeto con una Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG –F-014-A).

6.   Hace constar en acta cada objeto recolectado, su descripción, estado de conservación, marcas y observaciones. Genera Acta de Inspección del Sitio del Suceso (MP/MG –P-013-A).

7.   Traslada el objeto identificado y hecho constar en el acta hasta la Fiscalía.

8.   Se requieren pericias inmediatas?

INACIF

 

9.   Si. Recibe los objetos ya identificados conjuntamente con el Acta de Inspección del Sitio del Suceso o copia de la misma.

10. Verifica que los objetos se corresponden con su identificación y con la descripción en el acta en relación al objeto y sus cantidades.

11. Pericias (MP/MG-Mt-015-A)

12. Prepara y remite al Fiscal Adjunto los informes de las pericias realizadas conjuntamente con muestras de las evidencias utilizadas excepto las que deban mantenerse en el laboratorio y si no corresponden a sustancias controladas.

Procuraduría Fiscal - Secretaria Titular o Auxiliar

13. Recibe las evidencias tomadas del sitio del suceso, los informes periciales y muestras de evidencias en los que se sustentan (excepto las que deban ser mantenidas en el laboratorio y no se trate de sustancias controladas), así como los informes de las autopsia médico legal, informe de evidencias encontradas en el cuerpo y aquellas evidencias encontradas en el cuerpo que no requieran almacenarse en el laboratorio.

Procuraduría Fiscal

Secretaria Titular o Auxiliar

14. Verifica que los objetos se corresponden con su identificación y con la descripción en el acta en relación al objeto y sus cantidades.

15. Registra detalladamente cada objeto recibido en el Registro de Evidencias (MP/MG –R-003-A).

16. Coloca los objetos identificados, inventariados y registrados en el Almacén de Evidencias de acuerdo a su naturaleza: en anaqueles, en caja de seguridad o cuenta bancaria, en área exterior techada y protegida.

17. Los informes ya registrados en el Registro de Evidencias (MP/MG –R-003-A) se archivan en el expediente del caso conservando copia de los mismos en el Almacén de Evidencias.

18. Acceso a las Evidencias. En caso de que el personal de la Fiscalía que trabaja en un caso, incluyendo el Fiscal asignado al mismo, o una de las partes involucradas en el caso requiera tener acceso a las evidencias deberá hacerse constar cada intervención- día, hora, motivo y finalidad- en el Registro de Evidencias (MP/MG-R-003-A) y en la Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG-F-014- A).y ser firmados por quien facilita el acceso (Secretaria Auxiliar o Titular) y quien accede a la evidencia.

a. Las partes del proceso deberán tramitar autorización firmada del Fiscal Adjunto responsable de la investigación y en su ausencia o falta de colaboración podrán acceder al Procurador Fiscal correspondiente.

19. Trámite de nuevas pericias. Si se necesitara realizar nuevas pericias (sean estas adicionales o reiterativas) a una evidencia el Fiscal Adjunto asignado al caso lo solicitará por escrito al Encargado del Almacén de Evidencias (Secretaria Titular) y este coordinará los trámites de traslado, entrega, informes y devolución correspondientes respetando las reglas establecidas en este documento y sus procedimientos relativos al Manejo y Custodia de Evidencias

20. Entrega o disposición de evidencias. El proceso de entrega de evidencias a la Secretaría del Juzgado de Instrucción requerirá de la firma de recepción en el Registro de Evidencias (MP/MG-R-003-A) y en la Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG-F-014- A). y por quien entrega la misma. (Secretaria Auxiliar o Titular).

a. La disposición de evidencias no utilizadas relativa a casos cerrados o no procesados se realizará de conformidad a la disposiciones de la Resolución No. 14383 emitida por la Procuraduría General de la República.

Referencias /Sistemas

 

Manejo y Custodia de Evidencias (MP/MG –Mt-014-A).

Tratamiento del Sitio del Suceso y Otros Lugares de Interés (MP/MG –Mt-012-A) – Procedimientos Básicos de Recolección en el Sitio del Suceso.

Resolución No. 14383 de la Procuraduría General de la República

Formularios /Documentos

 

Identificación de Evidencia y Cadena de Custodia (MP/MG –F-014-A)

Acta de Inspección del Sitio del Suceso (MP/MG –Mt-014-A)

Informe de Autopsia Médico Legal

Informe de Evidencias encontradas en el cuerpo

Informe de Pericias

Registro de Evidencias (MP/MG –R-003-A)

Registro de Depósitos Bancarios (MP/MG –R-004-A)

Expediente de Caso (MP/MG –R-002-A)

Definiciones