| Serial: | Emisión: | Generado por: | Revisión Previa: | Última Revisión: | |
| MP/MG-P-003-A | 1 marzo 2006 | UTE-CPP |
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Propósito: |
Recibir los casos conciliables de los usuarios y registrarlos cumpliendo con los requerimientos del CPP |
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Alcance: |
Desde que el Fiscal de Turno recibe al Usuario hasta el momento en que va a iniciar el procesamiento del caso por conciliación. |
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Responsable: |
Descripción de Procedimiento |
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Usuario
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1. Espera en turno a ser atendido por el Fiscal de Turno en Conciliación (en sede judicial). 2. Presenta al Fiscal de Turno en Conciliación el documento de Denuncia (MP/MG-F-010-A), o Querella |
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Fiscal de Turno en Conciliación
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3. Recibe al usuario y el documento de Denuncia (MP/MG-F-010-A), o Querella. 4. Registra el caso en el Registro del Fiscal de Turno en Conciliación (MP/MG-F-003-A) 5. Escucha planteamiento del caso por el Usuario. Registra los detalles del caso en el Registro de Casos en Conciliación (MP/MG-F-005-A) 6. Está presente la otra parte? 7. Si. Inicia Procesamiento del Caso por Conciliación (MP/MG-F-003-A). 8. No. Coordina una cita con la Recepcionista y solicita la citación de la otra parte para una próxima sesión. |
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Referencias /Sistemas
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Sistema de Indicadores de Gestión (MP/MG-S-003-A) Diseño Básico de una Procuraduría Fiscal (MP/MG-Mt-004-A) Recepción y Atención a Usuarios de la Fiscalía (MP/MG-Mt-005-A) Registro de Casos no son competencia de una Procuraduría Fiscal (MP/MG-R-001-A) |
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Formularios / Documentos
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Registro del Fiscal de Turno en Conciliación (MP/MG-F-003-A) |
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Definiciones
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