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Asunción Personal de las Aserciones y Juicio Lógico

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MP/MG-Mt-019-A 1 marzo 2006 UTE-CPP    

Asunción Personal de las Aserciones

El fiscal que redacta la acusación asume dentro de su rol profesional, las aserciones que va a hacer. No solo somete al imputado a juicio sino que paralelamente su trabajo se somete a la valoración del tribunal, de sus colegas y jefes. Por ello debe basar su pronunciamiento en la realidad probatoria objetivamente apreciada y en el razonamiento lógico.

El Juicio Lógico

Como se sabe un juicio lógico está integrado por:

1. La proposición mayor

2. La proposición menor

3. La conclusión

Es importante precisar que la proposición mayor y la menor se obtienen por dos vías completamente distintas:

• La proposición mayor, o sea el principio jurídico abstracto, se obtiene de la ley complementada con la doctrina y la jurisprudencia

• La proposición menor, o sea, los hechos, se obtiene por la vía probatoria extrayéndola de los testigos, documentos, rastros, pericias y demás medios de prueba lícitos

• La conclusión es la afirmación de la subsunción o no de los hechos a la norma penal y al derecho.